El Ayuntamiento presentó un recurso contra el deslinde que en octubre de 2008 realizó el Ministerio de Medio Ambiente
06.11.12 - 02:41 -
EFE |
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso que el Ayuntamiento de Águilas presentó contra la sentencia de la Audiencia Nacional que, en octubre de 2008, respaldó la decisión del Ministerio de Medio Ambiente de ampliar hacia el interior la zona de dominio público marítimo-terrestre de un tramo de costa de nueve kilómetros.
La sentencia indica que el consistorio aguileño discrepó de ese criterio, al considerar que no estaba científicamente probado que la zona que se ampliaba quedaba afectada por el mar.
El nuevo deslinde aprobado por el Ministerio en octubre de 2008 afectaba a 9.180 metros de longitud, comprendido entre el extremo occidental de Cabo Cope y la Punta de la Peña del Aguilica, ésta última, excluida.
Tanto ante la Audiencia Nacional como, después, ante el TS, el Ayuntamiento de Águilas señaló que no estaba justificado el nuevo deslinde. Y añadió que «no existe razón alguna para el desplazamiento casi generalizado de la delimitación del dominio público hacia el interior, teniendo en cuenta que la ribera del mar y la situación en general no han sufrido en el transcurso del tiempo ninguna modificación apreciable».
El municipio aportó en defensa de su recurso dos informes periciales, uno de ellos, redactado por un doctor universitario en Ciencias Geológicas, pero los tribunales dieron mayor credibilidad a los documentos aportados al proceso por la Administración.
El Supremo, al confirmar la sentencia de la Audiencia Nacional, ha condenado al ayuntamiento al pago de las costas, aunque limita a dos mil euros la cantidad que puede reclamar el abogado del Estado.
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