sábado, 5 de enero de 2013

LORQUÍ/ Condenan a una empresa por suspender la construcción de un colegio

EFE

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha respaldado la decisión del Ayuntamiento de Lorquí que exigió a la empresa constructora que incumplió su compromiso de construcción de un colegio la entrega de la fianza, que se acercaba a los 260.000 euros, además de hacer una compensación de deudas.
El tribunal, del que ha sido ponente la magistrada Leonor Alonso, desestima así el recurso que la empresa C. I. L., S. L. presentó contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso número Tres de Murcia, que desestimó su demanda.
La sentencia indica que esta empresa fue la adjudicataria de concurso convocado por el ayuntamiento de Lorquí para la construcción de un colegio de doce unidades de Primaria que había salido a contratación en el año 2006. La adjudicación fue hecha a C. I. L., S. L., y cuando el consistorio la requirió para que prestara un aval porque la rebaja que había hecho en su oferta podía ser «desproporcionada o temeraria», se personó y se ratificó en el compromiso de asumir la construcción del inmueble y la demolición del existente para la edificación del nuevo.
Sin embargo, añade la sentencia, ese compromiso fue incumplido, ya que los meses pasaban y las obras no solo no fueron iniciadas, sino que la empresa presentó un informe en el ayuntamiento en el que aseguraba que el subsuelo presentaba unas dificultades que incidían en la cimentación prevista, obligaban a incrementar el presupuesto en 600.000 euros.
El TSJ dice que si el consistorio le demandó la entrega de la fianza fue porque el aval que presentó, de la entidad Swiss Financial Corporation, es nulo porque esta entidad no está autorizada para firmar contratos de seguro.

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