El Supremo mantiene la competencia del Colegio de Cartagena y obliga al de la capital a pagar las costas
04.01.13 - 01:06 -
EFE/ J. A. GONZÁLEZ |/ La Verdad
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso que el Colegio de Abogados de Murcia presentó contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que no accedió a su pretensión de incorporar el término municipal de Mazarrón a su jurisdicción territorial.
La sentencia del Alto Tribunal señala que el Colegio acudió al tribunal superior de Madrid contra el acuerdo del pleno del Consejo General de la Abogacía Española de julio de 2006 por el que fueron aprobados sus Estatutos.
Los mismos fueron aprobados con la excepción del artículo en el que se recogía la inclusión en su ámbito territorial del Partido Judicial de Totana y, por ello, del término municipal de Mazarrón. La organización colegial murciana alegó la imposibilidad de que un colegio de ámbito no provincial, como es el de Cartagena, «pueda recuperar la competencia de algún término municipal, en este caso, Mazarrón, que, a la fecha de la promulgación del Estatuto General vigente pertenencia a otro Partido Judicial de competencia exclusiva y excluyente de otro Colegio».
«Complejidad del debate»
El TS, al desestimar el recurso, ha condenado al Colegio de Abogados de Murcia al pago de las costas causadas por el mismo, «si bien, en atención a la complejidad del tema de debate, se fija como cuantía máxima a reclamar por cada uno de los letrados de las partes recurridas, en concepto de honorarios, la cantidad de 1.500 euros».
El decano del Colegio de Abogados de Cartagena, José Muelas, recalcó que se trata de «una fantástica noticia que ratifica los argumentos del Colegio de Cartagena respecto a que se debía mantener la situación actual, entre otras cuestiones, por un criterio de proximidad». Muelas destacó que el Colegio de Cartagena atiende a una población de 400.000 personas de ocho municipios diferentes.
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