lunes, 4 de marzo de 2013

CAMPOS DEL RÍO/ Despido improcedente de un conserje

EFE
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha desestimado el recurso que el Ayuntamiento de Campos del Río presentó contra la sentencia de un juzgado que declaró improcedente el despido del conserje de un colegio. La sentencia indica que el Juzgado declaró como hechos probados que el despedido trabajó para el Ayuntamiento desde agosto de 2003, como conserje en un colegio público. El primer contrato lo firmó con la Asociación de Disminuidos Físicos y Psíquicos y los siguientes, hasta el de 7 de septiembre de 2010, con el consistorio. El demandante, añade la sentencia, recibió una comunicación de la Tesorería de la Seguridad Social el 9 de septiembre de 2011 en la que se le comunicaba que tramitaba su baja a instancias del Ayuntamiento. La sentencia consideró improcedente su despido y condenó al municipio a readmitirle o a pagarle una indemnización de 14.140 euros.

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