El juez le condena a sufragar 500 euros al mes debido a que los afectados no pueden vivir en su hogar «con todos los derechos»
26.01.11 - 02:50 -
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha condenado al Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar a indemnizar a una familia con 500 euros mensuales a causa de los olores que emanan de la fábrica de láminas asfálticas, propiedad de Asfaltos del Sureste S.A., y que perturba la vida de estos vecinos. La sentencia, contra la que no cabe recurso, considera «vulnerados los derechos a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio» de esta familia con dos hijos menores, pues cree que estos derechos pueden ser transgredidos «no sólo por una penetración física directa, sino también de forma indirecta», como es «mediante la producción de ruidos e incluso por la emisión de malos olores que perturben la vida privada de las personas en su domicilio».
El juez estima demostrada «la existencia de malos olores y la molestia» a la familia denunciante, que alega que «los episodios de fuertes olores llegan a hacer dificultosa la respiración dentro de la vivienda, especialmente para los hijos menores de edad». Los querellantes, cuya casa se encuentra a menos de un kilómetro de la fábrica, han presentado varias denuncias en el Ayuntamiento debido a las emanaciones de la fábrica, por las que han tenido que abandonar su vivienda. El Ayuntamiento ya se opuso a la demanda que la familia presentó anteriormente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cartagena «basándose en que la mercantil ASSA está al corriente de todo tipo de autorizaciones medioambientales y que el Ayuntamiento no ha adoptado una actitud pasiva, sino de control». El juez estima sin embargo que hay pruebas suficientes de malos olores que impiden a la familia vivir con todos sus derechos en su domicilio. Por un lado, observa como «auténtico reconocimiento de los hechos alegados» las declaraciones del alcalde de San Pedro del Pinatar en un programa de la televisión local.
Reconocer el problema
Considera además como pruebas «las diligencias de la Policía local, informaciones de los medios de comunicación en las que se deja constancia de la situación, y la propia carta del alcalde a los vecinos en la que manifiesta literalmente que «soy consciente de las molestias que la actividad fabril causa a algunos vecinos, por tanto he instado a los propietarios de la misma a tomar las medidas necesarias para que cesen los ruidos y para disminuir las molestias que causan los malos olores, sobre todo los días que hay fenómenos meteorológicos adversos (inversión térmica)».
El TSJ cree que «cuando la máxima autoridad toma cartas en el asunto, se dirige a los vecinos y les asegura que ha instado a los propietarios a que tomen las medidas necesarias, es porque el problema existe», dice el documento. Deja sentado por tanto que se han vulnerado los derechos a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio, pero no considera acreditada «la incidencia de los malos olores y ruidos sobre el derecho a la vida y a la integridad física».
Los malos olores de la fábrica han motivado las quejas de los vecinos en los últimos años, además de denuncias judiciales y varias manifestaciones. La familia denunciante, que recibirá 500 euros mensuales «hasta que se adopten las medidas necesarias para que cese la intromisión», según ordena el juez, no es la única que ha tenido que abandonar su casa por el hedor de la fábrica.
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