La Verdad
La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la pena de nueve meses de prisión impuesta por un Juzgado de lo Penal a un vecino de Ceutí que fue juzgado por un delito de violencia de género al considerar que no hay pruebas de cargo suficientes para mantener una sentencia condenatoria. Para la Audiencia, sólo se dispone, como testigos directos de los hechos, de las versiones contradictorias de la víctima y del denunciado, por lo que echa en falta otros datos que hubieran podido apoyar lo que realmente ocurrió.
La Sala, en esta sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Juan del Olmo, indica que los hechos declarados probados por el Juzgado de lo Penal número 2 ocurrieron en abril pasado, cuando el acusado, desde la calle, amenazó a su ex mujer con quitarle los hijos y cortarle el cuello al asomarse ésta a la ventana. La Audiencia no considera suficientemente probados los hechos y sustituye el relato del juez de lo Penal por otro en el que no considera probado ni siquiera que el denunciado estuviera en el lugar del incidente en el momento en que se produjo.
El tribunal señala que «las relaciones previas entre la denunciante y el acusado eran conflictivas», y «son precisamente esas circunstancias las que por obvias y evidentes requieren una especial prudencia y exigencia en el análisis de los testimonios vertidos»
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