En la primera quincena de enero ya lo han solicitado 118 contribuyentes, frente a los solo 60 que lo pidieron en el mismo periodo de 2011
23.01.12 - 01:12 -
M. J. MONTESINOS | MURCIA./ la Verdad
Cada vez son más los murcianos que se ven abocados a pedir al ayuntamiento un aplazamiento en el pago de sus impuestos municipales. Lo demuestra el dato de que en los 16 primeros días de 2012, la Administración local ha recibido 118 solicitudes para fraccionar o aplazar las deudas con el consistorio frente a las 60 peticiones realizadas en el mismo periodo del año pasado. A lo largo de 2011, un total de 3.675 contribuyentes solicitaron aplazamiento o fraccionamiento en el pago de sus impuestos, mientras que en 2009 lo hicieron 1.855, y en 2010, 2.682.
La situación de desempleo de muchas familias y las dificultades que tienen para el pago de las hipotecas hacen que su situación económica sea tan asfixiante que, en muchas ocasiones, no puedan hacer frente al pago del Impuesto de Bienes Inmuebles o del 'sello' del coche, por citar dos de los tributos municipales más comunes.
El ayuntamiento ha establecido una doble vía para facilitar los pagos a los contribuyentes. Por una parte, ofrece la oportunidad del pago fraccionado de los impuestos, esto es, de un 'pago a la carta' para que realicen los abonos en los plazos y cantidades que mejor se ajusten a su economía. Pero, además, existe la posibilidad de pagar también de forma aplazada las deudas contraídas con la Administración local.
Una de las novedades aprobadas este año es que se puede pedir el aplazamiento en cualquier momento del procedimiento, es decir, incluso cuando la reclamación de la deuda está ya en vía ejecutiva. Además, no se exigirá garantía cuando el importe total de la deuda sea inferior a 23.000 euros -hasta ahora el tope era 18.000 euros-.
Conforme a lo establecido en la ordenanza general de gestión del Ayuntamiento de Murcia para 2012, las condiciones para solicitar un aplazamiento o un fraccionamiento se darán cuando la situación económico-financiera de los contribuyentes, discrecionalmente apreciada por la Administración, les impida transitoriamente efectuar el pago de sus débitos. No se exige ninguna documentación que acredite esta situación, por lo que para la apertura del expediente solo será necesaria la solicitud, con los datos necesarios establecidos en el artículo 45 de la ordenanza.
Entre 6 y 18 meses
En cuanto a los plazos, las deudas por importe igual o inferior a 3.000 euros podrán aplazarse o fraccionarse durante un periodo máximo de seis meses. Las deudas de importe superior a 3.000 euros pero igual o inferior a 7.000 euros, podrán saldarse durante un periodo máximo de un año y si el importe excede de 7.000 euros, los plazos concedidos pueden extenderse hasta 18 meses. Solo excepcionalmente, se concederá un aplazamiento por periodos más largos. Las fracciones tendrán un importe mínimo de 50 euros.
Respecto al tipo de deudas que se pueden aplazar o fraccionar, incluyen tanto los ingresos que gestiona el Servicio de Recaudación como los tramitados por la empresa Tribugest. A través del Servicio de Recaudación se tramitan todos los expedientes que se refieren a deudas y que se encuentran en periodo voluntario de cobro, pues en ejecutiva, lo tiene encomendado Tribugest. El servicio municipal tramita multas de tráfico, sanciones por infracciones de bandos y ordenanzas, liquidaciones y sanciones por inspecciones (basuras, vados, IBI, IAE, tasa de licencia de actividades...), ingresos de derecho público no gestionados por Tribugest (canon del derecho de superficie, ingresos derivados de convenios urbanísticos....) y tasas no gestionadas por Tribugest (incendios, depósito de escombros, cementerios, mercadillos semanales...).
También se puede solicitar el aplazamiento del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (el 'sello' del coche), el IAE, el resto de tasas en voluntaria, así como la ejecutiva de todos los ingresos que son gestionados por Tribugest.
Pero, al igual que los vecinos de Murcia pueden pedir el aplazamiento 'a posteriori' de pagos no realizados dentro de los plazos establecidos, también puede marcarse un calendario para fijar una periodicidad en el abono de los mismos, que sea más acorde con sus necesidades. Se trata del plan personalizado de pago, que permite hacer efectivo el pago de los tributos anuales en varios plazos, sin intereses ni coste alguno, mediante domiciliación bancaria, y elegir con qué periodicidad realizarlos (bimestral, trimestral o anual).
Los requisitos para acogerse a este plan personalizado de pagos son no tener deuda pendiente en ejecutiva con el ayuntamiento y que el importe total anual de la deuda tributaria en voluntaria, durante el ejercicio anterior a la solicitud, sea superior a 600 euros para los solicitantes que sean personas físicas y 1.200 euros para los solicitantes que sean personas jurídicas.
Esta solicitud solo es válida para el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica ('sello' del coche), Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y tasa por entrada de vehículos (vados).
Quienes deseen más información, pueden obtenerla a través de la web municipal (www.murcia.es) o en Tribugest, que tiene dos oficinas en la ciudad -en el Paseo Escultor Juan González Moreno, junto al Puente de los Peligros, y en la avenida Juan Carlos I, número 4- así como en las pedanías de Beniaján, Cabezo de Torres, Puente Tocinos y El Palmar.
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