lunes, 1 de marzo de 2010

LORCA/ En guerra con los decibelios


01.03.10 - 00:38 -
T. M. M. LORCA. / La Verdad
También se pretende frenar la colocación de carteles publicitarios en las vallas, los edificios y el mobiliario urbano no autorizado
Acabar con los ruidos es uno de los objetivos que persigue la nueva norma de convivencia
Vaya bajando la voz si es usted de los que acostumbra a gritar. Si su timbre de voz supera los decibelios permitidos por la nueva ordenanza de convivencia podrá estar incurriendo en una falta leve, grave o muy grave. El Ayuntamiento ha decidido declararle la guerra al ruido y lo ha hecho a través de una normativa con mucha teoría a la espera de ser puesta en práctica.
No vale lo de cada cual en su casa hace lo que quiere porque los agentes podrán intervenir cuando la producción de ruido sea exagerada, según los límites fijados para cada caso concreto, tanto en el exterior como en el interior de un edificio, bien sea público o privado. En concreto, y tal como figura en la regulación local, los agentes de la Policía Local velarán de los ruidos que se produzcan en horario nocturno y que estén ocasionados por «el volumen de la voz humana o la actividad directa de las personas, animales domésticos, funcionamiento de electrodomésticos y aparatos o instrumentos musicales o acústicos, explosiones de petardos y fuegos artificiales, funcionamiento de instalaciones de aire acondicionado, ventilación o refrigeración, alarmas acústicas en establecimientos, e instalaciones mecánicas en general».
Los amantes de ver la tele o escuchar la música a todo volumen tendrán que ir corrigiendo esta costumbre u optar por ponerse unos cascos. «Los receptores de radio y televisión, los aparatos reproductores de sonido, los instrumentos musicales y los aparatos domésticos se instalarán y usarán de manera que el ruido transmitido a las viviendas, locales colindantes o medio ambiente exterior no exceda del valor máximo autorizado». Ese «valor máximo» está fijado en 65 decibelios durante el día y 55 durante en la noche.
En su relación con el vecindario tampoco podrá cantar muy alto, dar portazos y en general, hacer todo aquello que produzca una molestia a los demás. Si tiene sistemas de alarma, cuide que no se activen sin motivo alguno porque la ley prevé una sanción leve para este tipo de casos.
Las mascotas también son objeto de la nueva regulación. Desde las diez de la noche hasta las siete de la mañana del día siguiente no se podrá dejar en patios, terrazas, galerías y balcones, aves y animales en general que, con sus sonidos, gritos o cantos, disturben el descanso o tranquilidad de los vecinos. Durante el día, también tendrán que ser retirados de estas ubicaciones si ocasionan molestias.
Ya en el exterior, la regulación deja algunos puntos sin concretar o con múltiples posibilidades de interpretación. Un ejemplo es el cuarto apartado de la sección primera del artículo 17 en el que se hace mención a la prohibición de usar bocinas o cualquier otra señal acústica dentro del casco urbano; o el siguiente apartado en el que se alude a la sanción por «producir ruidos innecesarios debidos a un mal uso o conducción violenta del vehículo».
Seguro que más de una vez ha lanzado alguna maldición algunas obras próximas a su vivienda. Sepa que está en condiciones de reclamar si le molesta el ruido siempre y cuando éstas se produzcan entre las diez de la noche y las ocho de la mañana del día siguiente durante los días laborables, o durante las 24 horas de los festivos.
Actividad publicitaria
La guerra contra las consideradas irregulares formas de convivencia también se hace extensiva en la nueva ordenanza municipal a las actividades publicitarias en el espacio público. En este sentido, «queda prohibida la colocación de carteles, vallas, rótulos, pancartas, adhesivos, banderolas, papeles pegados o cualquier otra forma de publicidad en los lugares no autorizados, o no retirarlos en el plazo que se establezca». Este artículo recibió una alegación por parte del grupo de Izquierda Unida que pedía su eliminación por considerar que se atentaba contra la libertad de expresión. La petición fue rechazada alegando que «la no regulación implicaría una proliferación de todo tipo de propaganda en lugares públicos y en el mobiliario urbano».
También se sanciona el reparto de folletos, la colocación en la puerta de los establecimientos de mobiliario con publicidad y la colocación de panfletos en los parabrisas de los vehículos, como ya ocurre en otras ciudades del país.
En cuanto a los vehículos que realizan publicidad callejera con altavoces, la ley local matiza que el empleo de estos dispositivos no podrán exceder los niveles de sesenta decibelios durante el día y cincuenta por la noche, y además tendrá que contar con la oportuna licencia o permiso municipal.
En principio, todas estas actuaciones se incluyen en el capítulo de sanciones leves. Sin embargo, existen matices en cada uno de los apartados que pueden aumentar la cuantía de la multa. Cabe redordar que para las leves se establecen entre 30 y 750 euros; entre 751 y 1.500 euros para las graves; y de 1.501 a 3.000 euros para las faltas muy graves.

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