miércoles, 10 de febrero de 2010

CEUTÍ/ El juez estima «fundada» la decisión del jurado de absolver al policía de Ceutí

La Fiscalía confirma que presentará un recurso contra la resolución que deja en libertad al agente que mató de un tiro a un joven lituano
10.02.10 - 01:03 -
A. NEGRE/EFE/ la Verdad
La resolución de un jurado que la pasada semana absolvió al policía local de Ceutí que mató de un tiro a un joven lituano es considerada «fundada» por el magistrado-presidente, Álvaro Castaño. El juez, en la sentencia en la que expone los razonamientos del tribunal popular, asegura no encontrar contradicciones en sus apreciaciones, que tilda de «razonadas y razonables». Una opinión muy diferente a la de la Fiscalía, que ya ha adelantado que presentará un recurso, que deberá resolver la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia.
La resolución judicial estima que en la decisión del agente Francisco José Cano de emplear su arma reglamentaria para disparar mortalmente a Visvaldas Felmanis influyeron varias circunstancias, «que redujeron su capacidad» para reflexionar serenamente sobre cuál era la solución idónea. El magistrado, concretamente, razona que este hecho «sucedió en muy breves instantes», lo que obligó al agente a tomar una decisión muy rápida. Además, dicta la sentencia, el empleo del arma «era comprensible en esta tesitura por el carácter violento y provocador» de Visvaldas, por «la notablemente reducida visibilidad de la noche y del lugar» y por la «necesidad del acusado de protegerse», no sólo a sí mismo, sino también al agente en prácticas que le acompañaba y a la novia de la víctima.
Tras exponer estas circunstancias, la sentencia declara que la respuesta del agente Francisco José Cano fue comprensible. «El empleo del arma, disparando en el último momento frente a un agresor que no tenía mermadas sus condiciones físicas por efecto del alcohol, que no cejaba en su empeño y que podía ir dispuesto a todo (retó al agente incluso a que lo matara) fue proporcionada», dicta.
La resolución judicial ahonda, asimismo, en la controversia que copó gran parte del juicio sobre si la víctima esgrimía en el momento del disparo una carpeta azul, como sostiene el Ministerio Fiscal, o un ladrillo, como afirma el acusado y algunos testigos. El magistrado expone que, pese a que en un primer momento se pueda deducir que el jurado considera que Visvaldas esgrimía una carpeta, según el veredicto «los jurados ni descartan ni afirman el uso del ladrillo por parte de Visvaldas antes del disparo mortal, sino, simplemente, que no se le había probado qué objeto era, limitándose a aseverar el único dato incontestable, que llevaba una carpeta, porque apareció junto al cadáver».
El magistrado cree, además, que no puede despreciarse «la forma en la que actuó el acusado, con reiterados avisos de alto, un primer disparo de advertencia y otro ulterior al límite, circunstancias que vienen a evidenciar, no sólo la irrevocable decisión de Visvaldas de atacar, sino la magnitud y el riesgo del ataque que se proponía».
Una víctima «chulesca»
El relato de hechos que recoge esta sentencia sostiene que la víctima, Visvaldas Felmanis, un joven lituano, vecino de Ceutí y de 26 años, se encontraba la noche de su muerte «visiblemente bajo los efectos del alcohol». Un estado que le provocó «que estuviera muy nervioso, efusivo y agresivo» y que llegase a amenazar al agente con frases como 'policías como vosotros en mi país están muertos amontonados' o 'policías como vosotros me limpiaban a mí los calcetines en la cárcel.

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