EFE/ la Verdad
La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la pena impuesta a un vecino por una falta contra el orden público porque desde que el Juzgado de Paz de esta localidad envió la denuncia a los juzgados de Caravaca de la Cruz hasta que éstos abrieron diligencias para investigar los hechos pasaron 10 meses.
La sentencia señala que el Juzgado de lo Penal número Dos de Murcia declaró como hechos probados que el acusado, M.S., se encontraba el 1 de agosto de 2007 en las inmediaciones del camping La Puerta, en Moratalla, acompañado de su pareja y del hijo menor.
Entre ellos surgió «una fuerte controversia motivada porque la mujer consideraba que él ya había bebido bastante, mientras que éste quería tomarse otra copa, y conducir», decía la resolución del Juzgado. Cuando los tres estaban en el interior del vehículo, con el acusado al volante, la mujer le pidió durante el trayecto que detuviera el coche, «ya que conducía embriagado y muy rápido» y éste lo hizo en las cercanías del bar 'Luquillas', «sin que conste que le propinara a ella varios empujones más».
Posteriormente, el acusado protagonizó unos incidentes con agentes de la Policía Local, que, al advertir que iba bajo la influencia de bebidas alcohólicas, le intervinieron el permiso de conducir y las llaves del turismo.
La sentencia le condenó a la pena de multa de 30 días, con una cuota diaria de seis euros, por una falta contra el orden público, mientras que le absolvía del delito de malos tratos en el ámbito familiar y del delito de resistencia a los agentes de la autoridad. La Audiencia ha anulado esa sentencia porque los hechos habían prescrito, ya que, aunque la denuncia fue enviada por el Juzgado de Paz el 9 de agosto de 2007 a los juzgados de Caravaca de la Cruz, éstos no incoaron las diligencias previas hasta mayo de 2008.
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