viernes, 31 de julio de 2009

LORCA/ Tender en los balcones y lavar la ropa en las fuentes será sancionado con hasta 750 euros

La ordenanza incluye multa de hasta 3.000 euros por impedir la celebración de una procesión
P. W. R. LORCA / La Verdad
Tender la ropa en un punto que sea visible desde la vía pública o bañarse o lavar ropa en las fuentes del municipio será sancionado con una multa de hasta 750 euros. La normativa, la Ordenanza Municipal sobre Protección de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actuaciones Antisociales, todavía no está en vigor, pero su borrador ya cuenta con la aprobación del último Pleno.
El objeto principal de la ordenanza es «la prevención de actuaciones perturbadoras de la convivencia ciudadana», así como la «protección de los bienes públicos de titularidad municipal» frente a «agresiones, alteraciones y usos ilícitos de que puedan ser objeto».
El consumo de alcohol en la vía pública será otra de las acciones que regulará, sancionándola con una multa de 150 euros. La venta o suministro de bebidas en los establecimientos de hostelería, para ser consumidas en el exterior del local, en la vía pública estará tipificada como una infracción grave, penada con multa de 600 euros.
Venta alcohol a menores
Estará considerada como una infracción muy grave y se sancionará con multa de 3.000 euros la venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años. Sin perjuicio de las sanciones pecuniarias también se podrían adoptar otras sanciones accesorias como la «suspensión de las licencias de apertura y autorizaciones municipales de hasta dos años».
Los trabajos temporales como los de obras públicas o privadas entre las 22 y las 8 horas de días laborables, o durante las 24 horas de los festivos, serán considerados una infracción leve, con multa de 150 euros. La misma cantidad deberán abonar los dueños de aves y animales en general que los dejen entre las 22 y 7 horas en patios, terrazas, galerías y balcones y que con sus sonidos, gritos o cantos, disturben el descanso o tranquilidad de los vecinos. También será de 150 euros la multa por «gritar, cantar, dar portazos o emitir música mediante radios o equipos de sonido que generen molestias para los vecinos.
La limpieza en semáforos de los parabrisas de automóviles detenidos en semáforos o en la vía pública, tendrá la consideración de una infracción grave, y será sancionada como una multa que puede ir desde 750,01 euros a 1.500.
Mendicidad
Si la mendicidad es ejercida por menores, las autoridades municipales prestarán a estos, de manera inmediata, la atención que sea precisa, sin perjuicio de que se adopten el resto de medidas que prevea, en su caso el ordenamiento jurídico. Se considerará, en todo caso, infracción muy grave, y será sancionada con multa de 1.500,01 a 3.000 euros la mendicidad ejercida, directa o indirectamente, con acompañamiento de menores o con personas con discapacidad.
Defecar y orinar en monumentos podrá costar una multa de entre 750,01 a 1.500 euros. Impedir o perturbar la celebración de festejos autorizados, procesiones o desfiles permitidos o causar molestias a sus asistentes, siendo irrespetuoso con tales manifestaciones festivas será multado con hasta 3.000 euros.

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