Ha pedido que la causa sea reenviada al Tribunal Supremo, que es el único que puede actuar contra el senador socialista
13.05.10 - 01:25 -
R. F. / LA VERDAD MURCIA.
13.05.10 - 01:25 -
R. F. / LA VERDAD MURCIA.
El Ministerio Fiscal considera que existen indicios suficientes de que el ex alcalde de Ceutí y actual senador socialista, Manuel Hurtado, pudo incurrir en delitos de falsedad documental y prevaricación por las obras de construcción del complejo deportivo que lleva el nombre de José Antonio Camacho.
En un informe que ha remitido al Juzgado de Instrucción número 5 de Molina de Segura, y de cuyo contenido informó ayer Radio Nacional, el Ministerio Público recuerda que la construcción de estas instalaciones fue adjudicada «a dedo» por el Consistorio que presidía Manuel Hurtado y que, más tarde, y una vez que el complejo estaba ya concluido, «se tramitó un expediente repleto de falsedades e irregularidades», que tenía por aparente fin dar apariencia de legalidad a ese contrato.
La adjudicación, insiste el fiscal, se llevó a efecto «sin cumplir ningún requisito administrativo» y sólo a posteriori se documentó para tratar de obtener una subvención que concedía la Federación Española de Fútbol para este tipo de instalaciones deportivas.
La petición del fiscal de que la causa sea remitida al Tribunal Supremo responde a que éste es el único órgano judicial que puede actuar contra Hurtado, ya que por ser senador dispone de un fuero especial. Si la juez de Molina de Segura acepta la solicitud del Ministerio Público, será la segunda ocasión en que las diligencias son remitidas al Alto Tribunal.
Ya en marzo del año pasado fueron enviadas y el Tribunal Supremo las devolvió porque no se había motivado suficientemente la decisión por parte del juzgado.
En aquella ocasión, la juez ya señaló, en los fundamentos jurídicos del auto que había dictado el 27 de febrero, que Hurtado y el representante de una firma constructora suscribieron el día 1 de abril del 2004 un contrato para construir el centro deportivo. Lo relevante del asunto es que las citadas instalaciones ya habían sido inauguradas para ese momento: se abrieron al público 10 de diciembre del 2003. O lo que es lo mismo, ya estaban finalizadas casi cuatro meses antes de que se firmara el contrato para su construcción. Un caso sin duda único en la Administración local: que unas obras de tal envergadura estén concluidas antes de ser adjudicadas.
La instructora también constató, mediante certificado oficial del Ayuntamiento, que no existía partida presupuestaria para el pabellón deportivo en el año 2003; que era de 150.00 euros en el año 2004, y que ascendía a 900.000 euros en el 2005. El importe total ascendió a casi 1,9 millones de euros.
La juez Reverte consideró ya entonces constatado que la contratación se hizo «sin haber seguido previamente el correspondiente y preceptivo procedimiento de adjudicación de obra, ni anuncio de licitación» de las mismas. La instructora estimaba que los hechos «revisten por ahora los caracteres de delitos de prevaricación, falsedad en documento público y delito contra la Hacienda Pública».
No hay comentarios:
Publicar un comentario